» HISTORIA

La entidad fue creada por decreto ley nº 1450-56 el día 26 de julio de 1956 y en esa instancia se denominó Consejo Profesional de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de La Pampa, y así funcionó hasta el año 1980 en que los agrimensores crearon su propio consejo.
Los comienzos fueron periodos de organización, y habiendo realizado investigaciones en la dirección general de superintendencia de personas jurídicas y consultas a profesionales de aquella época, surge que se han alternado en la presidencia el Arquitecto Luis R. Tierno, el Ingeniero Argentino Luis Gallego, el Arquitecto Eduardo Rodríguez Pozos y el Agrimensor Osvaldo G. Di Pego durante su funcionamiento en la cámara de comercio, industria y producción de La Pampa.
En el año 1975 asume la presidencia el Arquitecto Onofre A. Sacco, que tiene como colaborador al secretario tesorero al Ing. Civil Roberto M. Queixalos, con quienes se inicia una etapa de organización institucional y administrativa. Los mismos fueron gestores de importantes iniciativas, cuyos logros a través del tiempo, hoy ostenta el Consejo. La Institución funcionó en locales que le fueron facilitados a tal fin, hasta que en el año 1976 por iniciativa del Arq. Onofre A. Sacco y del Ingeniero Roberto M. Queixalos se formaliza la compra del terreno de la calle Urquiza Nº 564 donde actualmente ha sido construido el nuevo edificio del consejo, y donde en la parte trasera del terreno funciona la antigua oficina, que hoy ha sido destinada a salón de fiestas para uso de los matriculados.
Luego se alternaron en la presidencia los siguientes profesionales: Ingeniero Elbio Hugo Eyheramonho; Arquitecto Francisco Marull; Arquitecto Jorge H. Balsa; Ingeniero Roberto m. Queixalos; Arq. Mauricio Roberto Martín; Ingeniero Julio de Paz; Arquitecto Guillermo Bustos; ing. Luis Mario Gallegos; Arquitecto Ricardo Héctor Deballi.

Creación del Consejo
El Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa, fue creado por LEY Nº 1011 del día 27 de mayo del año 1980. Tiene como objetivo principal controlar la ética profesional, otorgar las matriculas provinciales y ejercer el poder de policía en las profesiones que nuclea la entidad, en Ingeniería, Arquitectura y Actividades Técnicas. Las normas de la presente ley no comprenden a los Ingenieros Agrónomos, habida cuenta del régimen instituido por la ley nº 569.

Descargar Normas que rigen el ejercicio profesional (Ley nº 1.011, Ley nº 1253 y Ley nº 1163)

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